materiales para usuarios con capacidades especiales

miércoles, 25 de noviembre de 2009

En España la Ley 13/1982 de integración social de los minusválidos reconoce a los disminuidos en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales el derecho a su completa realización personal y su total integración social. Además, las medidas tendentes a la promoción educativa, cultural, laboral y social de los minusválidos se llevarán a cabo mediante su integración en las instituciones de carácter general, es decir, no en servicios y centros especiales segregados, lo cual deberá producirse sólo cuando la discapacidad sea profunda y la integración no sea posible por ello. En cuanto a los edificios públicos y a las vías públicas, se efectuará de tal forma que resulten accesibles y utilizables para los minusválidos.
En España hay una sensibilidad creciente sobre este tema, aunque faltan programas definidos de servicios bibliotecarios de este tipo. Se ha avanzado más en accesibilidad física, con las mejoras en las instalaciones, que en los servicios concretos.1 A continuación se presenta una recopilación de las principales directrices relativas al acceso a la información en la biblioteca pública, teniendo en consideración tanto los aspectos físicos y materiales de acceso a la información, como los condicionantes en el acceso a la información electrónica:
En el Manifiesto de la IFLA/UNESCO sobre la biblioteca pública2 se especifica que la biblioteca pública debe ofrecer "servicios y materiales especiales para aquellos usuarios que por una u otra razón no pueden hacer uso de los servicios y materiales ordinarios, por ejemplo, minorías lingüísticas, personas con discapacidades o personas en hospitales o en prisión".
En las Directrices IFLA/UNESCO para el desarrollo del servicio de bibliotecas públicas3 se especifican un conjunto de aspectos necesarios para garantizar el acceso a la información para todos los usuarios.
Igualdad. La biblioteca pública ofrece acceso al conocimiento, la información y las obras de la imaginación gracias a toda una serie de recursos y servicios y está a disposición de todos los miembros de la comunidad por igual, sean cuales fueren su raza, nacionalidad, edad, sexo, religión, idioma, discapacidad, condición económica y laboral y nivel de instrucción.
Acceso universal. El nivel de financiación, el esquema de los servicios, el diseño de los edificios y sus horarios deben planificarse teniendo presente el concepto de acceso universal como principio indispensable. La biblioteca debe garantizar un acceso fácil a todos los usuarios, en particular, para las personas con alguna discapacidad física o sensorial.
Adquisiciones. La biblioteca debe tener en cuenta las necesidades especiales de las personas mayores o con alguna discapacidad y el acceso a la información en línea.
La colección. Los fondos deberán incluir acceso a formatos adecuados a determinados grupos de clientes, por ejemplo, en Braille o libros sonoros para los invidentes. Las tecnologías de la información y la comunicación se deberán utilizar para facilitar un acercamiento a los fondos y a otras fuentes de información, tanto en la propia biblioteca como desde lugares alejados de ella.
Los servicios. La biblioteca pública debe disponer de servicios móviles dirigidos a quienes no pueden acudir a una biblioteca debido, por ejemplo, a una discapacidad física o sensorial o a la falta de transportes.
Equipamientos. La biblioteca debe ofrecer acceso a los equipos electrónicos, informáticos y audiovisuales necesarios, mediante ordenadores con conexión a Internet, catálogos de acceso público, lectores de microformas, magnetófonos, proyectores de diapositivas y equipos para invidentes y discapacitados físicos.
Materiales y tecnologías especiales. La biblioteca debe esforzarse en organizar:
equipos y material de lectura especiales para personas con alguna discapacidad física o sensorial, como los sordos e invidentes;
materiales especiales para las personas con dificultades para aprender, como materiales de lectura fácil y cintas de audio;
nuevas tecnologías, por ejemplo, sintetizadores de discurso para invidentes, catálogos de acceso en línea y otros.
Atención al cliente. La biblioteca pública debe tener una política de atención al cliente positiva y todo el personal debe recibir una formación elemental sobre cómo tratar a las personas con alguna discapacidad.
Difusión. Entre las actividades de difusión y promoción de la biblioteca, se deben concebir campañas para responder a las necesidades de personas que tienen alguna discapacidad física o sensorial.
En las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas4 se realizan especificaciones con respecto a la accesibilidad física: "las bibliotecas públicas deben contar con un acceso fácil a cualquier tipo de usuario y en particular a las personas con discapacidades físicas". Y también con respecto la accesibilidad a la información:
Las bibliotecas públicas deben extender sus servicios al conjunto de la comunidad a la que sirven. Para ello deberán organizar servicios dirigidos a grupos especiales, tales como: (1) provisión de materiales y equipamiento especialmente destinados a personas con discapacidades físicas; y (2) provisión de materiales para personas con dificultades de aprendizaje.
"Las bibliotecas deben poner a disposición de los usuarios equipos que faciliten el servicio a personas con discapacidades: ordenadores adaptados, lupas, escáneres de voz".
De igual forma, en las Pautas para el servicio de acceso a Internet en las bibliotecas públicas,5 con respecto a la accesibilidad a la información, se especifica que:
"La biblioteca deberá reservar, en función de su disponibilidad, un número suficiente de ordenadores con acceso público a Internet adaptados a personas discapacitadas. Al menos se reservará de forma permanente un ordenador para esta finalidad, pudiéndose utilizar por el público general cuando no se haga uso por personas discapacitadas".
En los anexos, también se especifican los requerimientos técnicos básicos que debe contener un ordenador para el acceso a Internet. Se trata de indicaciones básicas, basadas en la utilización de software propietario, y sin mención exclusiva a la instalación de ayudas técnicas que garanticen el acceso a la información de los usuarios con discapacidad.
3 Elementos que garantizarán la accesibilidad integral
Con respecto a las facilidades que deben contemplar las bibliotecas para los usuarios con necesidades especiales hay muchos aspectos a considerar, partiendo del hecho de que existe un marco jurídico a nivel internacional, nacional y regional que regula y protege los derechos de las personas con necesidades especiales.
Cada grupo de usuarios discapacitados presenta necesidades específicas para la eliminación de barreras físicas,6 por ejemplo: los discapacitados físicos requieren de rampas, pasamanos, barras, elementos con alturas especiales, superficies uniformes, y otros; los discapacitados auditivos necesitan señales luminosas de emergencia, teléfonos con volúmenes graduables y ayuda personalizada; los ciegos y deficientes visuales requieren contrastes de color en los accesos para facilitar su identificación, señalización en alto relieve o en alfabeto Braille, áreas libres de obstáculos que pudiesen dañarlos y avisos que les permitan conocer la presencia de bordes, rampas, escalones, etcétera. De acuerdo a lo anterior, las bibliotecas deben procurar que no haya impedimentos de ninguna índole que restrinjan o limiten el servicio a estas personas. De igual forma, también deben procurar que el acceso a los documentos, información y conocimiento de la biblioteca, y a las fuentes externas disponibles, se realice en condiciones de igualdad. Para tal fin se requiere tener en consideración un conjunto de aspectos que van a facilitar el acceso de los usuarios discapacitados al conocimiento.
A continuación se indican los principales criterios para garantizar la accesibilidad a la información disponible en las bibliotecas. Los criterios han sido extraídos de la legislación, normas y directrices mencionadas anteriormente y de una revisión bibliográfica de la literatura científica existente al respecto.

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